Ámbito y proyecto
El artículo 2 de la Ley 38/1999 la aplica a la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente. Requieren proyecto las obras de nueva construcción (con la excepción citada), las intervenciones que alteren la configuración arquitectónica de un edificio existente o cambien su uso característico, y las intervenciones en edificios catalogados o protegidos.
| Situación | ¿Requiere proyecto según la LOE? |
|---|---|
| Módulo permanente de oficinas de dos plantas | Sí, obra de nueva construcción |
| Caseta de una planta para herramientas, sin uso residencial ni público, de escasa entidad y sencillez técnica | Puede quedar excluida (art. 2.2.a) |
| Módulo de vivienda | Sí: uso residencial |
| Ampliación modular que altera la volumetría de un edificio existente | Sí, intervención en edificio existente |
Requisitos básicos
El artículo 3 agrupa los requisitos en funcionalidad (utilización, accesibilidad, telecomunicaciones, servicios postales), seguridad (estructural, en caso de incendio y de utilización) y habitabilidad (higiene y salud, protección frente al ruido, ahorro de energía y aislamiento térmico). El Código Técnico de la Edificación es el marco que fija sus exigencias. Pida al proveedor cómo justifica cada uno para el uso previsto.

Las garantías por plazos
El artículo 19 prevé tres garantías, cuya obligatoriedad depende de la disposición adicional segunda de la ley. Los capitales mínimos asegurados son el 5 %, el 30 % y el 100 % del coste de ejecución material, respectivamente.
| Plazo | Qué cubre | Capital mínimo |
|---|---|---|
| 1 año | Defectos de ejecución en elementos de terminación o acabado (puede sustituirse por retención del 5 %) | 5 % del coste de ejecución material |
| 3 años | Defectos de elementos constructivos o instalaciones que incumplan requisitos de habitabilidad | 30 % |
| 10 años | Defectos estructurales que comprometan la estabilidad del edificio | 100 % |
Qué pedir antes de firmar
Pida por escrito: si el proveedor considera el edificio permanente o provisional y por qué; quién redacta el proyecto y quién dirige la obra; cómo se justifican los requisitos básicos; qué garantías aporta y con qué entidad. Consulte además en el ayuntamiento el título habilitante urbanístico necesario, que esta ley no regula.
Límites
Resumen del texto consolidado de la Ley 38/1999 consultado en el BOE el 29 de octubre de 2026 (artículos 2 y 3 modificados por la Ley 8/2013, artículo 19 por la Ley 20/2015); el portal lo presenta como informativo. La normativa urbanística autonómica y municipal no se trata aquí.
Para tener a mano
Preguntas frecuentes
¿Un edificio modular necesita proyecto?
Si es permanente y entra en el ámbito de la Ley 38/1999, la obra de nueva construcción requiere proyecto, salvo construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica sin uso residencial ni público y de una sola planta.
¿Qué cubre la garantía decenal?
Los daños materiales por vicios o defectos de elementos estructurales que comprometan la estabilidad del edificio, con un capital mínimo del 100 % del coste de ejecución material.
¿Qué es la retención del 5 %?
La garantía de un año por defectos de acabado puede sustituirse por la retención del 5 % del importe de ejecución material (artículo 19.1.a).
Recursos y soluciones
- Ficha de trabajoEdificio modular permanente: proyecto, Código Técnico y garantías de 1, 3 y 10 añosCSV TXT
- HerramientasVer las 6 herramientas
- Proyecto modularTodas las guías de la sección «Proyecto modular»


